* La propuesta contempla diversas modificaciones y adiciones a la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Morelos
El diputado Javier García Chávez presentó este miércoles ante el Pleno del Congreso del Estado, una iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Morelos, ello con el objetivo de prohibir los castigos corporales y humillantes para corregirlos.
En la adición a la fracción XXVI del artículo 4º de dicha ley, el legislador plantea que “Los castigos corporales, son todos aquellos actos cometidos en contra de niñas, niños y adolescentes en el que se utilice la fuerza física, incluyendo golpes con la mano o con algún objeto, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello o de las orejas, obligarlos a sostener posturas incómodas, quemaduras, ingesta de alimentos hirviendo u otros productos o cualquier otro acto que tenga por objeto causar dolor o malestar, aunque sea leve”
En tanto que en la fracción XXVII del mismo numeral, García Chávez detalla que “los castigos humillantes, son cualquier trato ofensivo, denigrante, que desvalorice, estigmatice, que ridiculice y de menosprecio, y cualquier acto que tenga como objeto provocar dolor, amenaza, molestia o humillación cometido en contra de niñas, niños y adolescentes”.
Mientras que en la fracción VIII al artículo 43 se determina que “las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a recibir orientación, educación, cuidado y crianza de su madre, su padre o de quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia, así como de los encargados y el personal de instituciones educativas, deportivas, religiosas, de salud, de asistencia social y de cualquier otra índole que brinde asistencia a niñas, niños y adolescentes, sin que, en modo alguno, se autorice a estos el uso de castigos corporales o humillantes”.
En su exposición, Javier García recordó que “para muchos de los que nacimos antes del año 2000, los castigos corporales a niñas, niños y adolescentes, tales como nalgadas, ‘chanclazos’, pellizcos y jalones de orejas, eran comunes e incluso los llegamos a considerar ‘necesarios’ para cuando no era posible que hicieran caso solamente llamándoles la atención”,
Señaló que sin embargo, esas prácticas “han ido quedando en la ilegalidad, principalmente en el transcurso de las últimas dos décadas, ya que la protección jurídica de la infancia en México, impulsada por primera vez en un texto normativo, en el año de 1999 por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, se fue consolidando en todo el país”.
En este sentido, reveló que el pasado 23 de septiembre, el Senado de la República aprobó por unanimidad de los presentes el Dictamen que contiene diversas reformas y adiciones a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, con el propósito de prohibir los castigos corporales y humillantes para corregirlos, “cuyo espíritu resulta necesario plasmar en la ley de la materia local”, precisó.
Finalmente, García Chávez precisó que al igual que la reforma a la Ley General, la propuesta presentada “no tiene un carácter penal, sino preventivo y tiene por objeto prevenir los daños físicos, emocionales y conductuales que pudieran sufrir las niñas y adolescentes que se les aplican castigos corporales y humillantes”.