El titular de la Secretaría del Trabajo Morelos (STM), Francisco Arturo Santillán Arredondo, destacó que el pago de la prestación de aguinaldo, es un derecho irrenunciable de los trabajadores, por lo que llamó a empresas e instituciones públicas a programar el pago puntual conforme a la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Subrayó que la ley, en el capítulo V, artículo 87 señala que deberá ser antes del 20 de diciembre la fecha límite para el cumplimiento de esta prestación anual, equivalente a 15 días de salario, por lo menos.

Respecto a las personas trabajadoras al servicio del Gobierno estatal, dijo que es en el artículo 42 de la Ley del Servicio Civil del Estado, en el que se especifica que el derecho anual del aguinaldo es de 90 días de salario.

Para el caso de personal burocrático, el pago se podrá solventar en dos partes iguales, la primera a más tardar el 15 de diciembre y la segunda el 15 de enero del año siguiente.

El secretario del trabajo, señaló que en esta temporada la STM abre sus puertas para otorgar asesoría gratuita a trabajadores y patrones; y en casos necesarios, participa en la conciliación para el cumplimiento de esta prestación obligatoria.

Para aclarar dudas respecto al pago y cálculo de aguinaldo, está a disposición de los trabajadores los servicios de la Procuraduría Estatal de la Defensa ubicadas en Leyva 5, primer piso, y/o en avenida Morelos número 700 de la colonia centro en Cuernavaca; también se pueden comunicar al teléfono 777 314 44 79.

En el caso de los patrones, la Dirección General de Conciliación otorga asesoría e información en el domicilio anterior, así como en el teléfono 777 312 20 40.