La Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de Morelos (Propaem), clausuró de manera definitiva el tiradero a cielo abierto ubicado en el paraje “El tezontle”, en el municipio de Huitzilac, el cual, es operado por el Ayuntamiento de dicha demarcación.

Lo anterior, debido a que carece de la autorización ambiental correspondiente, no tiene control sobre los residuos sólidos y de manejo especial; además de que las actividades que ahí se desarrollan contravienen la Ley de Residuos Sólidos para el Estado de Morelos, así como la Norma Oficial Mexicana NOM-083-SEMARNAT-2003.

La Propaem dio a conocer que desde febrero del año en curso inspectores de dicho organismo iniciaron el procedimiento correspondiente, el cual, una vez que fue agotado se decidió establecer la medida sancionatoria.

Esto derivado que las autoridades responsables no llevaron a cabo la remediación correspondiente, ni tomaron las medidas necesarias para mitigar el daño ambiental del sitio que se ubica cerca de un afluente de un manto acuífero, dentro del Corredor Biológico Chichinautzin; Área Natural Protegida (ANP) de carácter federal.

Por ello, la Propaem procedió en febrero de este año a interponer las denuncias penales correspondientes ante la Fiscalía General de la República (FGR) por el Delito Contra el Ambiente y la Gestión Ambiental; así como ante la Fiscalía General del Estado (FGE), por el Delito contra el Equilibrio Ecológico y la Protección del Ambiente.

También, recordó que este tiradero a cielo abierto cuenta con dos antecedentes jurídicos generados por las actuaciones de la Propaem, tramitadas en el Segundo Tribunal Colegiado en materias Penal y Administrativa del Décimo Octavo Circuito del Poder Judicial de la Federación, las cuales, pueden consultarse en las referencias: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2025227  https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2025257

 

La institución defensora del medio ambiente destacó que en el tiradero a cielo abierto existe una contaminación que puede desencadenar en daños irreparables, limitando los servicios ambientales que proporciona esta zona del Tezontle, por lo que resulta primordial la remediación del sitio, la cual, consiste en un conjunto de actividades tendientes a la recuperación y restablecimiento de las condiciones que propician la evolución y continuidad de los procesos naturales.

 

Asimismo, informó que la reparación del impacto ambiental no sólo incluye una dimensión económica, sino también actividades de remediación, recuperación o mitigación de las consecuencias causadas por la infracción cometida.