“Aunque se reconoce el esfuerzo del Gobierno del Estado de Morelos, y en particular la intervención del Secretario de Educación, debemos ser claros y decir que es insuficiente para lograr el cumplimiento de las demandas de los jubilados del Colegio de Bachilleres de Morelos (COBAEM)” aseguró la Dip. Tania Valentina Rodríguez Ruiz, Presidenta de la Comisión del Trabajo, Previsión y Seguridad Social del Congreso del Estado de Morelos, luego de que se cumplió con el compromiso de pagar con puntualidad, el último día de cada mes, el monto de la pensión mensual para los más de 300 jubilados del COBAEM.

Sin embargo –dijo Tania Valentina- falta de cumplir con prestaciones importantes a las que tienen derecho estas personas, entre las que se enumeran las siguientes:

  1. Pago del incremento en el monto de la pensión mensual, en la misma proporción que se incrementó el salario mínimo, es decir que, gracias al Gobierno de la Cuarta Transformación del Presidente Andrés Manuel López Obrador, las pensiones se incrementaran como nunca antes había ocurrido, en un 16.22% que fue el incremento del salario mínimo en 2019. Así lo ordena la Ley del Servicio Civil:

“Artículo *66.- Los porcentajes y montos de las pensiones a que se refiere este Capítulo, se calcularán tomando como base el último salario percibido por el trabajador; para el caso de las pensiones por jubilación y cesantía en edad avanzada, cuando el último salario mensual sea superior al equivalente de 600 salarios mínimos vigentes en la entidad, deberán acreditar, haber desempeñado cuando menos cinco años el cargo por el cual solicitan pensionarse, de no cumplirse este plazo, el monto de la pensión se calculará tomando como tope los referidos 600 salarios mínimos vigentes en la entidad, y de acuerdo a los porcentajes que establece la Ley.

La cuantía de las pensiones se incrementará de acuerdo con el aumento porcentual al salario mínimo general del área correspondiente al Estado de Morelos.

Y desde luego, con efectos retroactivos a partir del mes de enero del año en curso.

  1. El pago de los finiquitos laborales por el término de la relación laboral, y
  2. El pago de los 17 para hombres y 19 para mujeres de días de salario por cada año trabajado.

Estas prestaciones sociales como las denomina la Ley, no son concesiones graciosas de la autoridad, sino derechos adquiridos por los trabajadores que deben cumplirse sin mayor trámite, pero que la Dirección General del COBAEM en funciones, hace caso omiso de liquidar.

Espero, dijo la Diputada Tania Valentina Rodríguez Ruiz, que en los primeros días del mes de mayo se reanuden las negociaciones en la oficina del Secretario de Educación, pues ese fue el compromiso que se asumió antes de iniciar los días de la semana mayor.