Al considerar un Juez de Control de la Región oriente, que declaraciones de mujer víctima eran incongruentes y que no existía daño moral, determina como sobreseída la causa penal por la que un hombre haría frente al delito de violencia familiar.

Fue el pasado 01 de Septiembre cuando Leonel “N” al llegar por la noche a su domicilio ubicado en la Colonia Villas de las Flores en el Municipio de Cuautla,  en aparente estado de ebriedad, agrede física y verbalmente a su concubina, por lo que al solicitar apoyo la mujer de nombre Andrea Nabora “N”, el hombre es detenido por elementos de la Secretaria de Seguridad Pública y Tránsito Municipal de Cuautla.

En audiencia realizada la tarde de este martes 04 de septiembre, el Juez de Control determinó la no vinculación a proceso por considerar que las declaraciones de la mujer son aisladas e incongruentes, aun cuando  presenta lesiones; sin embargo, al no presentar daño moral o psicológico, el juzgador refirió que bien pudo tratarse de una discusión de pareja.

No obstante que lo anterior se manifieste como violencia familiar, en la resolución judicial emitida quedó por sobreseída totalmente dicha causa penal.