El dictamen de supervisión técnica de los inmuebles del Instituto Tecnológico de Zacatepec que realizó el Instituto Estatal de Infraestructura Educativa de Morelos, luego del sismo del pasado 19 de septiembre, concluyó que:
“…el inmueble no presenta daños estructurales graves, presenta afectaciones en algunos de los edificios” sobre los que se hacen las recomendaciones pertinentes que “requieren reparación inmediata antes de hacer uso del mismo y considerarlo habitable, se recomienda hacer peritaje estructural de los edificios afectados para descartar cualquier falla en el mismo”.
Específicamente sobre el Edificio “C” recomendó:
- Reemplazar muros divisorios de fachada lado (norte) por muros de otro material más ligero.
- Reemplazar muros de fachada lado (sur) ya que son inestables.
- Apuntalar de manera urgente área de la segunda columna lado (oriente) dañada en planta baja.
- Realizar un análisis detallado para verificar la seguridad del inmueble y que se evalúe la posibilidad de llevar a cabo su reforzamiento que permita reanudar su operación.
En el Edificio B:
- El edificio presenta daño severo en elementos estructurales. Las columnas presentan la condición de columna corta con dallas por cortante e indicios de articulaciones plásticas. Se recomienda realizar análisis más detallados para verificar la seguridad del inmueble. Deberá cumplir los requisitos vigentes de seguridad estructural para infraestructura educativa.
Laboratorio Físico-Química (E)
- La estructura presenta daño severo en 4 columnas, como resultado del efecto de columna corta. Se recomienda apuntalamiento previo a la reparación. Cabe hacer notar que la estructura no cumple con criterios básicos de diseño sismo resistente, por lo que a pesar de las reparaciones que se implementen, se considera una estructura vulnerable ante eventos sísmicos intensos futuros.
Centro de Cómputo
- El sistema estructural del edificio de dos niveles es a base de marcos de concreto con losa maciza de concreto. El daño identificado fue en las columnas de concreto. Posiblemente por un efecto de torsión, ya que se observaron grietas diagonales a lo largo de estos elementos, mismas que se atribuyen a la excentricidad producida por la ubicación de sanitarios y escaleras. Se considera que el daño mencionado no pone en riesgo, ni compromete la estabilidad del edificio, no obstante, se requiere un análisis detallado para definir los procedimientos de reparación más convenientes.
Edificio Biblioteca
- El sistema estructural del edificio está dividido en dos secciones. la parte administrativa que es a base de columnas de concreto que reporta una losa de concreto maciza. La segunda sección corresponde a un sistema de marcos. El daño se concentró en la sección administrativa, posiblemente por un efecto de torsión, ya que presentó diagonales distribuidas en prácticamente todas las columnas, a lo largo de su longitud. El efecto torsión, probablemente fue provocado por la excentricidad que generó el cuarto de sanitarios, que literalmente quedó destruido. Este daño (grietas en columnas) no pone en riesgo ni compromete la estabilidad del edificio, no obstante, se requiere un análisis detallado para definir los procedimientos de reparación más convenientes. Para verificar la dimensión de las grietas por torsión, se requiere eliminar el recubrimiento de la columna más dañada, previamente apuntalada, esto ayudará en los análisis detallados.
Tanque elevado
- Estructura de tanque elevado y tanque elevado con extrema corrosión y daño en acero de refuerzo, deberá demolerse en etapas.
Edificio administrativo (M)
- Presenta agrietamiento en muros de ducto de escaleras, lo que requiere reparación, se requiere la rehabilitación del sistema de suspensión del falso plafón en algunas áreas.
Edificio N
- Sin daños.
Edifio A
- Edificio con inclinación aparente, columnas con aplastamiento y grietas severas. Columnas están en condiciones de columnas cortas. Se requiere demolición total del inmueble.
Después de haber subsanado las observaciones del dictamen, el INEIEM, con fecha 18 de octubre, emitió oficio en el que en base al “informe fotográfico donde se representa que se han subsanado las afectaciones determinando que el inmueble ya no presenta riesgo que pongan en peligro la integridad de los usuarios, por tal motivo el inmueble en general se considera habitable”.