El director del Instituto Mexicano del Seguro Social, Zoé Robledo Aburto, anunció que a partir de este dos de diciembre, se abre el registro para las familias que hayan perdido a uno de sus miembros por Covid-19.
Es un apoyo de 11 mil 460 pesos, es solidario, es universal y es directo, es decir, para todos los familiares de las personas que hayan fallecido. Se puede hacer solamente una solicitud por persona, pero no tiene ninguna implicación la seguridad social o ser derechohabiente de alguna institución o el nivel socioeconómico, es para todas las familias que hayan perdido una persona por la enfermedad que causa el SARS-CoV-2.
Y el trámite es voluntario, es decir, las personas van a la plataforma e inician ahí su trámite a partir de la plataforma digital.
Aplica para las personas que fallecieron a partir del 18 de marzo y hasta la declaratoria del final de la emergencia, y tienen un año para solicitar este apoyo.
Se otorga un apoyo por persona fallecida y el organismo o la institución encargada de este trabajo es el Sistema Nacional DIF.
Pueden solicitarlo los familiares de la persona fallecida, que sean mayores de 18 años, esto implica esposos, esposas, parejas, hijas e hijos, madres y padres.
Los requisitos son: el acta de defunción, una declaratoria bajo protesta de decir verdad de que estos recursos serán utilizados para el apoyo de la economía familiar, derivada del gasto funerario y acreditar el parentesco entre las personas.
Una vez que se hace la solicitud, se tiene un tiempo de espera de una semana. Este tiempo de espera es porque se prevé que puede llegar a haber casos en donde otro familiar solicite el beneficio para la misma persona, y en esos casos los lineamientos que estableció el propio DIF establecen cuáles serían los criterios para establecer quién es la persona beneficiaria. Uno de ellos pues es que tengan todos los datos, por ejemplo, el acta de defunción o alguna identificación que acredite el parentesco entre las personas.
El siguiente paso es acudir a la plataforma, que se llama deudoscovid.gob.mx, va a estar en varias páginas de todo el Gabinete de Salud, pero la página a la que les va a dirigir es deudoscovid.gob.mx.
Se inicia y ahí y hay “dos puertas de acceso”: una es el registro de la solicitud, la otra es la consulta de estatus.
Al ingresar ahí, el primer paso es registrar la CURP de la persona que ha fallecido, ahí se piden todos los datos que están asociados a una CURP, el nombre, la edad, nombre y apellido obviamente, la edad, el sexo, la causa de defunción y la fecha de defunción.
Estos datos se piden para poder contrastarlos justamente con las actas de defunción. También se estaban pidiendo algunos datos que se han ido adaptando y se establece ahí un botón para poder subir el archivo del acta de defunción con la causa que venga ahí descrita.
Después, es el registro del propio beneficiario; sus datos generales, su CURP también y adjuntar una identificación oficial, así como el documento que acredita el parentesco, puede ser el acta de nacimiento, el acta de matrimonio, cualquier documento que pueda acreditar el parentesco.
La siguiente es la página, en donde se establece cuál es el mecanismo por el cual se va a hacer el pago, si es por trasferencia bancaria o por la generación de un folio. Para otra forma de pago directamente en bancos, en ventanillas de bancos.
En el caso de que sea por datos bancarios, es la cuenta clabe, que se tiene que ingresar dos veces para poderla confirmar, la institución bancaria y nada más; si no hubiera esta opción, lo que se pasa es a un folio para generar una orden de pago, que se puede ver directamente en las instituciones bancarias.
Una vez pasada esta parte del proceso, lo siguiente es solamente es la declaración bajo protesta de decir verdad de que el uso de los recursos es para la recuperación de la economía familiar.
Lo último es la generación del folio que se hace de manera automática junto con el número.
¿Qué pasa con una persona que tiene internet, pero no tiene cuenta bancaria a su nombre? Entonces, es que se genera un folio por el mismo sistema, para generar el orden de pago.
Ahora, también en casos en donde no se cuente con internet, se está trabajando con el DIF para que directamente se acuda a las oficinas para pedir informes y ahí va a haber quioscos y personal capacitado para hacer este procedimiento.
Cuando no se cuenta con la documentación, entonces también se establecen ahí los números y los datos de contacto para solicitar con el área de Trabajo Social del DIF la documentación que haga falta.