Derivado de los trabajos desarrollados por la Fiscalía General del Estado, a través de la Especializada para la Investigación y Persecución del Delito de Feminicidio, se ha logrado la resolución y judicialización del 63 por ciento del total de los casos registrados como feminicidios en la entidad.
Del mes de enero del año 2018, al mes de mayo de 2020, se iniciaron en la entidad un total de 79 carpetas de investigación por el delito de feminicidio; 25 durante el año 2018, 39 en 2019 y 15 carpetas hasta el mes de mayo de 2020.
Del total de 79 casos registrados como feminicidios en el período, al momento se han resuelto 50 hechos donde se clasifica el fallecimiento de mujeres por cuestión de género, lo que representa el 63.29 por ciento del total registrado y es en estos casos donde se consideran casos resueltos y judicializados, con procesos iniciados ante el órgano jurisdiccional.
Es importante señalar, que de acuerdo al Artículo 213 Quintus del Código Penal para el Estado de Morelos, se establece que comete el delito de feminicidio quien, por razones de género, prive de la vida a una mujer. Existen razones de género cuando se acredite cualquiera de las hipótesis como que Hay o se haya dado, entre el activo y la víctima una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato, noviazgo, cualquier otra relación de hecho; Hay o se haya dado, entre el activo y la víctima una relación laboral, docente, o cualquier otro que implique confianza, subordinación o superioridad.
Asimismo, la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo; a la víctima se le hayan infligido lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones, previa o posterior a la privación de la vida; consten antecedentes de amenazas, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima; el cuerpo de la víctima sea expuesto o arrojado en un lugar público; o la víctima haya sido incomunicada.
Cabe recordar que el 20 de mayo de 2020, en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” la Fiscalía General del Estado de Morelos, emitió el Acuerdo 07/2020 por el que se emite el protocolo de actuación con perspectiva de género para la investigación del delito de feminicidio en el Estado de Morelos, que cuenta con todos los estándares nacionales e internacionales que garantizan una investigación diligente y con perspectiva de género, mediante el cual se establece la obligación de aplicar dicho instrumento en todos los casos en que se ha atentado contra la vida de las mujeres o que hayan perdido la vida de forma violenta, incluyendo a las mujeres trans (travestis, transexuales y transgénero).
La violencia por razón de género adopta múltiples formas como son la privación de la vida, daños o sufrimientos psicológicos, físicos, patrimoniales, económicos y sexuales. Derivado de lo anterior, el protocolo emitido por la Fiscalía Morelense es aplicable para investigar también los casos en los que la violencia ejercida no privó de la vida a la víctima, pero fue ocasionada en un contexto de discriminación y violencia.
La Fiscalía General del Estado de Morelos, trabaja de manera permanente elevando la coordinación institucional con instancias de atención y protección a la mujer, con la finalidad de garantizarles el acceso a una vida libre de violencia.