Acuerdos alcanzados por el Consejo de Salubridad General:

Primero.- Se ordena, desde el 30 de marzo hasta el 30 de abril, la suspensión de todas las actividades no esenciales.

Las esenciales son:

1. Las que de manera directa son necesarias para atender la emergencia, en materia médica.

2. Las involucradas en materia de seguridad pública.

Segundo.- No realizar reuniones o congregaciones de más de 50 personas. Además de las medidas de sana distancia vigentes y emitidas por la SSA.

Tercero.- Se exhorta a toda la población, que no participe en actividades esenciales, a resguardo voluntario permaneciendo en domicilio.

Cuarto.- La medida de resguardo se aplica de manera estricta a toda persona mayor de 60 años, embarazadas, así como personas con hipertensión, diabéticos, problemas cardiacos, respiratorios, etc.

Quinto.- Una vez terminada la suspensión de las actividades no esenciales, la SSA y la STPyS emitirán lineamientos para el regreso escalonado de actividades.

Sexto.- Se suspenderán todos los censos y encuestas que requieran entrevistas de manera presencial cara a cara.

Séptimo.- Todas las medidas deberán aplicarse con estricto respeto a los Derechos Humanos.