La Secretaría del Trabajo informó que a más tardar el 30 de mayo trabajadores que laboran para una persona moral, deberán recibir el pago de reparto de utilidades, mientras que para el caso de aquellos que laboran para una persona física, el pago lo podrán recibir a más tardar el 29 de junio.
Anunció que el reparto de utilidades se entrega a trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días, incluso también para los trabajadores inactivos que laboraron para el patrón en cuestión, dando cumplimiento con ello a lo establecido dentro de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Art. 123 frac. 9 y en la Ley Federal del Trabajo.
La dependencia estatal indicó que los trabajadores que no reciban el pago que por ley tienen derecho, podrán acudir a presentar su queja ante la Dirección General de Inspección, o bien, recibir asesoría legal gratuita en la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo, ambas ubicadas en calle Francisco Leyva No. 5, 1er piso, colonia Centro, Cuernavaca, Morelos.
Cabe destacar que la Secretaría del Trabajo realiza un monitoreo a las empresas para la entrega de utilidades a través de la Dirección General de Inspección. Hasta el momento, en Morelos no existe queja alguna contra empresas establecidas en la entidad por la falta de pago de utilidades.