Con 18 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, este sábado 01 de julio durante Sesión Ordinaria del Congreso del estado de Morelos, se aprobó el dictamen de Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales e Igualdad de Género que tiene el objeto de reformar diversas disposiciones para tipificar y sancionar a aquellas personas que retengan y sustraigan sin el consentimiento o sin una orden judicial a los menores, con el fin de ocasionar un daño emocional, psicológico o físico, principalmente a las madres; asimismo se aprobó que quienes comentan este tipo de  violencia perderán todos los derechos con relación a la víctima y los menores.

Durante su participación en el Pleno Legislativo, la diputada Paola Cruz Torres promovente de esta propuesta, mencionó que se buscar reforma la fracción X del Artículo 20 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Morelos; se adicionan los artículos 24 Bis y 24 Ter y se reforma el artículo 225 del Código Familiar; y se adiciona un artículo 213 Octies al Código Penal del Estado Libre y Soberano de Morelos.

Asimismo, agregó que quien cometa la sustracción de un menor  a través de las acciones anteriormente expuestas, se le impondrá de dos a seis años de prisión, incrementando las penas previstas según las circunstancias.

Además, puntualizó que las aportaciones de su propuesta a la iniciativa ya presentada con anterioridad por la diputada Tania Valentina, es que se incorpora el concepto de Violencia Vicaria en el Código Familiar y Código Penal, para exigir la reparación del daño a quien incurra en la misma, así como solicitar el cambio de custodia cuando se cometió tal acción. Además, se amplía el concepto de violencia vicaria en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.