El Pleno del Congreso del estado aprobó por unanimidad, el dictamen presentado por las y los integrantes de las Comisiones Unidas de Gobernación y Gran Jurado, y de Fortalecimiento Municipal, Desarrollo Regional y Pueblos Indígenas, por el cual se requiere al Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac), la realización de una consulta indígena previa para la creación del municipio indígena de Tetelcingo.

Lo anterior en cumplimiento al resolutivo de la controversia constitucional 30/2018 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), donde además de declarar la invalidez del Decreto 2341, por el que se crea dicho municipio, se vincula a la legislatura estatal y a las autoridades involucradas, para que, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, tomen las medidas necesarias para llevar a cabo dicha consulta.

De acuerdo con la sentencia emitida por la SCJN, la consulta debe ser “previa, culturalmente adecuada e informada”, lo que implica que la misma deben llevarse a cabo con una serie de medidas, las cuales solo puede realizar “un organismo público con la capacitación, preparación e infraestructura correcta y adecuada, en este caso, el Impepac.  

Asimismo, dentro del resolutivo se llama a la autoridad correspondiente “a tomar las medidas necesarias en un plazo razonable y suficiente para la realización de la consulta previa”, respetando el estándar convencional, constitucional y legal, pero sin que dicho plazo sea excesivo en perjuicio de los pueblos y comunidades indígena.

Cabe mencionar que, de acuerdo con el Consejo Estatal de Población del Estado de Morelos, en la entidad se identificaron alrededor de 32 comunidades indígenas, cuyo rango puede alcanzar hasta 35 si se incluyen municipios como Cuernavaca o los pueblos de Ocotepec, Ahuatepec y Santa María Ahuacatitlán.