Presenta la legisladora Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Código Penal para el Estado de Morelos.

La diputada Ariadna Barrera Vázquez, presidenta de la Junta Política y de Gobierno y coordinadora del Grupo Parlamentario de Morena, presentó una Iniciativa con Proyecto de Decreto con el que se busca reformar diversas disposiciones del Código Penal para el Estado de Morelos, con el propósito de que los culpables de cometer homicidio y feminicidio obtengan penas razonables aún y cuando se les juzgue mediante un juicio abreviado.

Al presentar su propuesta, que fue turnada a comisiones legislativas para su análisis y dictamen durante la sesión ordinaria de este lunes, la legisladora explicó que en marzo de 2014, con la publicación del Código Nacional de Procedimientos Penales, que unifica en el país las reglas procesales en la materia, se marcó una nueva era en la justicia penal.

El Código único estableció y perfeccionó figuras procesales penales que han facilitado a los jueces la aplicación de sanciones, la reparación del daño de las víctimas y el conocimiento de la verdad sobre las circunstancias en el que cometieron los delitos; sin embargo, “para el caso de delitos que han lastimado y siguen lastimando tanto a la sociedad morelense, se obtienen penas que ofenden y revictimizan a las víctimas”, aseveró.

Puso como ejemplo que, “tomando en cuenta que actualmente la pena mínima por el delito de homicidio calificado es de 25 años de prisión, mediante un Procedimiento Abreviado se estaría obteniendo una sentencia de 13 años cuatro meses de prisión, de los cuales, al cumplir la mitad, es decir, seis años con ocho meses en la cárcel podría estar obteniendo su libertad, esto último de conformidad con la Ley Nacional de Ejecución Penal”

En tanto, “para el caso de Feminicidio, tomando en cuenta que la pena mínima es de cuarenta años de prisión, mediante un Procedimiento Abreviado se estaría obteniendo para el culpable una pena de apenas veintiséis años y medio, es decir, después de tan solo trece años en prisión el feminicida podría estar obteniendo su libertad”.

“No es que el Procedimiento Abreviado esté mal”, dijo al considerar que al ser solamente las dos terceras partes de la pena mínima la aplicable en él, se debe elevar en particular en feminicidio y homicidio, con el propósito de que la sanción final sea razonablemente justa de acuerdo al delito cometido, lo cual no sucede en estos momentos.