· Juzgador impone 230 veces el salario mínimo como multa
Fue mediante un proceso abreviado que la Unidad Especializada en Delitos Sexuales y Violencia Familiar adscrita a la Fiscalía Regional Oriente logró acreditar la responsabilidad de Juan Pablo “N” por haber cometido el delito de Violencia Familiar, hechos ocurridos en el Municipio de Cuautla.
Fue la noche del 07 de diciembre del año 2019, cuando las víctimas ingresaron al domicilio ubicado en Avenida Independencia de la Colonia 03 de Mayo perteneciente al Municipio de Cuautla en donde al interior se encontraba el hoy sentenciado.
Comenzando este, sin motivo alguno a golpear a una de las víctimas la cual era su pareja sentimental al tiempo de amenazarla de privarla de la vida, momento en el que interviene la otra víctima mujer quien es madre del sujeto agresor, golpeándola también y agrediéndola verbalmente, causándoles a ambas víctimas diversas lesiones a su integridad y ocasionándoles un daño psicológico y moral, presentando posteriormente su denuncia correspondiente ante las Instalaciones de la Fiscalía Oriente.
Integrando la carpeta el Agente del Ministerio Público y realizando las investigaciones correspondientes, durante el desarrollo de la audiencia el hoy sentenciado se ajustó a un procedimiento abreviado del proceso.
Derivado de lo anterior el tribunal de enjuiciamiento deliberó una sentencia condenatoria en contra de un Juan Pablo “N” por el delito de Violencia Familiar, imponiendo una sanción de dos años con ocho meses de prisión y fijando la cantidad de 230 veces el salario mínimo como multa.