[embedyt] https://www.youtube.com/watch?v=yQ2JzCEuxjM[/embedyt]El artículo 13 de Ley General de Víctimas, prevé reparación del daño si el inculpado se sustrae de la justicia. – ¿Qué significa esto? Para quienes han presentado denuncia y el responsable se va del estado- ¿En qué casos aplica? -¿Cómo se puede solicitar esa reparaciòn del daño? y más