• Es un hecho histórico para Morelos y se dejará precedente
La Secretaría de Gobierno, a través de las direcciones generales del Registro Civil y Diversidad Sexual, entregaron nueve actas de nacimiento a personas trans, que fueron las primeras en hacer su trámite, una vez que se adecuó el reglamento correspondiente.
Lo anterior, tras las reformas al Código Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos, en el que se adicionan diversas disposiciones, a fin de facilitar el cambio de identidad de género, para ajustarla a la realidad social de cada persona en la entidad.
Las actas fueron entregadas de manos del director general del Registro Civil, Sergio Israel González Macedo, quien dijo que es un hecho histórico para Morelos y se dejará un precedente, por lo que, reconoció a su equipo haber sacado adelante el trabajo y cumplir con el compromiso de respetar cabalmente e irrestrictamente los derechos humanos de todas las personas.
Por su parte, la directora de Atención a la Diversidad Sexual, Violeta Fabiola Sánchez Luna, felicitó a las personas a las que les fue entregada su nueva acta de nacimiento y reconoció a quienes colaboraron para hacer las adecuaciones al reglamento una vez que se aprobó la reforma en septiembre pasado.
“El aporte de la sociedad civil fue esencial, Isidro Añorve, Patricia Bedolla, Israel Dirzo, Samantha Arellanes, Cesar Guerra, Sharon González, Vicko Paredes… fueron algunas de las personas que no sólo habían estado en la lucha y en el activismo para que la identidad de personas trans fuera reconocida en Morelos sino que una vez iniciado el proceso al interior de Gobierno para habilitar un procedimiento administrativo sencillo, se sumaron a las mesas de trabajo haciendo propuestas para facilitar lo que hoy es una realidad”, detalló.
Una vez emitida una nueva acta de nacimiento y otorgada una Clave Única de Registro de Población (CURP), la Dirección General del Registro Civil notifica del cambio a diversas autoridades locales y federales, con la finalidad de que se facilite la adecuación de la documentación oficial que la persona haya generado hasta entonces, mientras que el acta primigenia es reservada y únicamente puede solicitarse a través de una orden judicial.