La diputada Erika Hernández Gordillo, coordinadora de la Fracción Parlamentaria del Partido Redes Sociales Progresistas (RSP), presentó Iniciativa con Proyecto de Decreto que busca ampliar de quince a treinta días la licencia por paternidad con goce de sueldo y permitir a los padres que trabajan al servicio del Gobierno del Estado y los Municipios, participar en los cuidados de los bebés recién nacidos o menores adoptados y sus madres.
La propuesta reforma el artículo 55 D de la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos, para quedar de la siguiente manera:
Artículo 55 D.- Los cónyuges o concubinarios, por concepto de paternidad y con el propósito de ayudar a la madre en las tareas posteriores al parto o adopción, disfrutarán de un periodo de treinta días naturales con goce de salario íntegro; al efecto, el área de recursos humanos de la entidad en que preste sus servicios, reglamentará las medidas de comprobación, vigilancia y control necesarias para el cumplimiento del fin
La intención de la legisladora es avanzar en la protección de los derechos de la familia, que se fortalece con la participación de los padres en el cuidado de los hijos, en un terreno en el que nuestro país está lejos de lograr los niveles de otros países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo de los Estados.
En el texto de su iniciativa, la diputada Erika Hernández señaló que los cinco días laborables que por este concepto se conceden en México, de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, o los 15 días ya establecidos en la Ley de Servicio Civil de Morelos, resultan insignificantes si se comparan con las 53 semanas de que disfrutan los padres en Corea del Sur; 52 semanas en Japón; 28 en Francia, 26 en Luxemburgo y diez en los países escandinavos.
En ese contexto, mencionó el anuncio del Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Ministro Arturo Saldívar, en cuanto a que el poder Judicial sería pionero en contar con permisos de paternidad de tres meses con goce de sueldo para los hombres que se convierten en padres, mientras la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación homologó la normativa.
Estimó que, así, este Congreso debe ponderar los derechos de los morelenses en igualdad de condiciones, siendo que la licencia de paternidad es una medida para el ejercicio efectivo del derecho de igualdad y no discriminación, de impacto hacia la transformación de patrones culturales que coadyuvarán a la plena igualdad de hombres y mujeres, con lo que se cumple lo ordenado por el artículo 4º de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, primer párrafo, que consagra el derecho fundamental a la igualdad.