* Se fijaron 6 meses para el cierre de la investigación
Por el delito de Ejercicio Indebido del Servicio Público, la Fiscalía Anticorrupción obtuvo vinculación a proceso de Cristina “N”, ex secretaria de Cultura de Morelos, así como Manuel “N” ex subsecretario de Fomento a las Artes y Héctor “N” ex director general de Administración, ya que presuntamente gestionaron el pago de casi un millón de pesos para la realización de un libro que nunca fue publicado.
Cómo se recordará, en días pasados fueron imputados los ex altos funcionarios de la Secretaría de Cultura de Morelos, ya que presuntamente no evitaron que se pagara casi un millón de pesos por un libro en homenaje a la pintora Joy Laville, el cual, nunca fue publicado.
Por lo que, el sábado 13 de noviembre, en audiencia en la sala 3 de la Ciudad Judicial de Atlacholoaya, el Juez determinó que la Fiscalía Anticorrupción presentó los suficientes y contundentes datos de prueba para vincular a proceso a Cristina “N”, Manuel “N” y Héctor “N”, ya que presuntamente gestionaron el pago de 590 mil 199 pesos por la impresión y 318 mil pesos por el texto, pese a que el libro nunca se publicó.
El juez determinó que los tres ex servidores públicos, conforme a sus atribuciones tenían la obligación de velar por la ejecución correcta de los recursos otorgados por el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (Conaculta), ya que la fecha límite para la publicación del libro era el 31 de diciembre 2014, y los pagos realizados al escritor y al impresor, se realizaron después de esa fecha.
En tanto, el 15 de septiembre de 2015, Conaculta solicitó a la Secretaría de Cultura el reintegro del dinero, ya que el libro no fue realizado.
El juez fijó 6 meses para el cierre de la investigación y quedaron vigentes las medidas cautelares fijadas desde la primera audiencia, las cuales son: firma periódica mensual y la prohibición para salir del país.
De acuerdo con el artículo 20 constitucional, toda persona imputada tiene derecho «A que se presuma su inocencia mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el juez de la causa».